viernes, 1 de febrero de 2008

INSPECCIÓN OCULAR

INSPECCIÓN OCULAR:

Inmediatamente después de recibir la denuncia, teniendo en cuenta que el autor deja vestigios o pruebas materiales de su perpetración en el lugar del hecho, se debe hacer una revisión minuciosa con el propósito de observar los mismos. Se debe dejar constancia en el sumario de la observación realizada, mediante la confección del acta de inspección ocular. Es decir que en la mayoría de los casos, según el tipo de delito, la inspección ocular acompaña a la denuncia.

Se puede definir la inspección ocular como el examen, reconocimiento, registro, verificación, revisión, comprobación INMEDIATA, realizada no sólo con el sentido de la vista, sino también del olfato, el tacto, etc. Es un ACTO DEFINITIVO Y NO REPRODUCIBLE que se realiza en el lugar donde se ha cometido un hecho delictivo.


Como en todo acto definitivo y no reproducible, es conveniente que la inspección ocular se realice por duplicado, a efectos de que el original sea glosado al sumario y la copia quede archivada junto con la copia de la denuncia, acta de procedimiento o parte informativo.

La diligencia tiene por objeto:
* Comprobar el hecho delictivo: Se debe verificar que ha ocurrido el hecho denunciado y establecer su probable tipificación.
* Establecer el cuerpo del delito: Determinar el elemento con el cual se ha cometido el hecho.
* Identificar las pruebas: Localizar, identificar y conservar elementos de prueba para la investigación.
* Establecer víctimas: Identificar quienes y en que forma han sido perjudicados por el hecho.
* Establecer los hechos: Averiguar donde, cuando y como se cometió el hecho.
* Determinar el autor y sus motivaciones: Establecer quien y porque fue el autor del delito.
El artículo 133 incisos 3º y 5º del Código de Procedimientos en lo Criminal y Correccional de la Provincia dice que el funcionario policial tiene la obligación de:
* Verificar sin demora, las diligencias necesarias para dejar constatadas las huellas o rastros aparentes del delito, cuando haya peligro de que esas pruebas desaparezcan o se borren, si se retardara dicha diligencia. Si el retardo no ofreciere peligro, se limitarán a tomar las medidas necesarias a fin de que las huellas del rastro no desaparezcan o el estado de los lugares no sea modificado.
* Recoger las pruebas y demás antecedentes que puedan adquirirse en los momentos de la ejecución del hecho, practicar todas las diligencias de carácter urgente que consideren necesarias para constatar su existencia y determinar los culpables.

Para el cumplimiento de esta obligación, el funcionario tiene la facultad establecida en el artículo 134 inciso 1º:
* Disponer que antes de practicarse las averiguaciones y examen a que deba procederse, no se haga alteración alguna de todo lo relativo al objeto del crimen y estado del lugar en que fue cometido.

NORMAS GENERALES:

Ø El lugar debe ser aislado para que nadie pueda penetrar al sitio donde se ha cometido el delito, ya que el simple hecho de mover un objeto de su lugar primitivo basta para entorpecer la investigación.
Ø No es conveniente que se permita a los familiares u otras personas ajenas a la labor policial observar las tareas, ya que entre ellas puede encontrarse el autor del hecho, su cómplice o encubridor.
Ø Se debe impedir que se toquen, muevan, extraigan o introduzcan cosas en el lugar del hecho, el personal que se encuentra trabajando no debe deambular innecesariamente tocando cosas.
Ø Se debe tener presente que la escena del crimen no puede reconstruirse si ha sido modificada.
Ø El acta de inspección ocular va acompañada de un croquis ilustrativo del lugar y de tomas fotográficas.
Ø Cuando el delito no ha dejado rastros o éstos fueron alterados, se debe dejar constancia de la situación en que se encuentran las cosas y lugares en el momento de la constatación.

PASOS A SEGUIR: Hay una serie de pautas que conviene seguir para realizar esta diligencia, se sugiere tener en cuenta estos principios:
- Precisión: los objetos deben ser llamados por sus nombres con arreglo de las clasificaciones aceptadas corrientemente. Las distancias deben medirse con exactitud y las direcciones deben indicarse con referencias a los puntos cardinales.
- Integridad: la descripción debe ser completa, no hay que omitir detalles que aparentemente no son de interés.
- Método: consiste en ir de lo general a lo particular, recomendándose los siguientes pasos:
1º) Apreciación general: Es la toma de la impresión total del lugar, su ubicación, dimensiones, moblaje, situación, posición exacta de los muebles (si denotan que hubo lucha, violencia, etc.), posición y ubicación de cadáveres, etc. Se aconseja confeccionar un plano borrador, complementando con notas para recordar ubicaciones de todo lo que se encuentre y resulte de interés. Se debe hacer constar las condiciones del tiempo en hechos ocurridos en lugar abierto, condiciones de visibilidad, iluminación.
Cuando el hecho ocurre en zonas descampadas, se deben describir las características generales del terreno, las vías de acceso y las condiciones de transitabilidad.

2º) Búsqueda de elementos: se deben ubicar los siguientes elementos, de acuerdo al hecho que se investiga.
a) En lugar cerrado, puertas o ventanas que se encuentren abiertas o cerradas por dentro y si tienen huellas de violencia.
b) Huellas de pisadas.
c) Rastros de sangre, semen u otras secreciones sobre el cuerpo de la víctima y en todo el lugar.
d) Cabellos y fibras textiles que pudieran encontrarse en las ropas, manos o uñas de las víctimas o en el suelo.
e) Armas de cualquier tipo y vainas servidas.
f) Proyectiles que pudieran haber quedado incrustados en el piso, paredes, techo, puertas, marcos, muebles, etc.
g) Trozos de vidrios, astillas, etc. resultantes de violencia ejercida sobre la víctima o las cosas.
h) Rastros de violencia sobre puertas, ventanas, roperos, cajas de seguridad, cajones, etc., aún cuando no se encuentren abiertos.
i) Documentos, cartas, notas que se encontraren en cajones, gavetas, etc., que tengan relación con el hecho.
j) Herramientas delictivas como ser ganzúas, palancas, etc.
k) Huellas dactilares.

3º) Extensión de la inspección: La búsqueda de elementos se extiende a los lugares adyacentes, tales como pasillos, patios, calles próximas, etc.

4º) Croquis ilustrativo: Se debe realizar en escala, dejando constancia de la escala que se utiliza. Si bien la medida clásica de la hoja utilizada es el tamaño oficio, no hay ningún inconveniente en usar un papel de mayores dimensiones que luego sea doblado a dicho tamaño. Por la naturaleza del hecho, a veces es necesario la confección de dos o más croquis, uno de ellos panorámico y otro mas amplio con los detalles de la escena del hecho, por ejemplo en un hecho cometido en el interior de una finca, es conveniente hacer un plano completo de la misma y otro de la habitación donde ocurrió el hecho.
Croquis en cruz: Se utiliza para ilustrar hechos ocurridos en el interior de una habitación, no solo se hace constar el piso del sitio, sino también las paredes que son volcadas para mostrar detalles de interés como ser lugar y altura exacta de impactos de bala, manchas de sangre, etc.

5º) Fotografías: Es importante la toma de fotografías para reflejar fielmente cosas que podrían pasar desapercibidas, como ser la posición exacta del cadáver o algún detalle de importancia. El oficial actuante debe guiar al fotógrafo en la toma que desee obtener para ilustrar la inspección ocular.

6º) Nueva inspección ocular: No existe ninguna prohibición para que una inspección ocular se realice dos veces. En hechos graves ocurridos en horas de la noche es conveniente realizar dos inspecciones, una a luz del día para poder observar detalles que pueden haberse escapado en la penumbra y otra a la misma hora de ocurrido el hecho para poder determinar la visibilidad, alumbrado y demás características. Por supuesto que hay que procurar que la escena del hecho no se modifique entre la primera y segunda inspección.


MODELO DE ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR.

En la ciudad capital de la provincia de Santiago del Estero, a los ................. días de .....................del año.............., siendo la hora.................................. la instrucción constituida por............................................ se constituye en ......................................................... con el objeto de realizar una inspección ocular en la presente causa. A tal efecto se requiere la presencia de los testigos hábiles……………………………………….. ........................................................................................
.......................................................................................................................................................... quienes enterados de las penalidades establecidas para el falso testimonio en el artículo 275 del Código Penal Argentino en vigencia y de las generales de la ley con respecto a las partes del hecho que se investiga y de la diligencia que se va a llevar a cabo, dijeron que no se encuentran comprendidos por las disposiciones legales y prestan juramento de testificar fielmente la diligencia que se va a realizar. Iniciada la inspección del lugar, se constata lo siguiente:................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... No existiendo otros detalles de interés para mencionar y siendo las ...................... horas, la instrucción da por finalizada la diligencia y previa toma de fotografías y croquis ilustrativo realizado por ..............................................., los intervinientes leen el contenido de la presente, se ratifican de su contenido, no tienen nada mas que agregar, quitar ni enmendar y firman al pie para constancia.






El hábito de trabajo en las Comisarías es realizar la inspección ocular sin testigos hábiles. No existen problemas cuando se realizan constataciones de menor relevancia, ya sea por la ausencia de rastros en el lugar o por que el hecho no tiene trascendencia, pero cuando se trata de un hecho importante por sus consecuencias o trascendencia, es conveniente realizar la diligencia con dos testigos civiles, pese a que nuestro Código no lo prevea como obligación.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy Buena La informacion..

jorge lopez Policia cientifica San Rafael Mza. dijo...

muy buena la intepreacion de la inspeccion ocular, dinamica y didactica. Saludos

Anónimo dijo...

muy buena toda la informacion

Anónimo dijo...

me gustaria compartir contigo el concepto de lo que es la fe ministerial sin previa inspeccion ocular

Omar Enrique Quiroga dijo...

La fe es la convicción de lo que no se ve. Tomás tuvo la necesidad de hacer una inspección ocular para creer y Jesús le dijo: "Bienaventurados los que no vieron, y creyeron". El que creyere será salvo.El concepto de inspección ocular se contrapone al concepto de la fe. Lo que puedas compartir al respecto va a ser de bendición seguramente. Gracias por leer el blog.

David dijo...

Buenas oficial, yo soy un costarricense, que desde el año 2000 ingrese a laborar como policía de tránsito, luego de 7 años me pase a trabajar como policía judicial, y actualmente tengo 4 años de estar en dicha función, quisiera contarte que el día 21-04-2012 estuve buscando en internet información sobre las inspecciones oculares, ya que en mi labor como policía judicial, diariamente debo de realizar inspecciones y quiero desempeñarme mejor y tener mayor conocimiento, fue cuando encontré tu página, en la cual me pareció curioso que al ver las reflexiones para policías, están muy orientadas a realiza las funciones policiales tomando en cuenta por completo a Dios, las mismas me fueron muy inspiradoras, debo de contarse que yo soy una persona creyente en Dios, pero en la actualidad he estado muy retirado de Dios, pero siento una gran necesidad desde el interior de mi ser de buscarlo, ya que me siento vació, y no he logrado compaginarme con algún movimiento religioso que sea de mi agrado y este enfocado a mis necesidades espirituales, y me llamó mucho la atención al leer las reflexiones que sentí como Dios se estaba comunicando con mi ser a través de tus reflexiones. Muchas gracias por estos mensajes y te dio que fuiste un canal de Dios para mi persona.

David dijo...

mi correo es daarca2612@yahoo.es