miércoles, 30 de enero de 2008

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

Al extender este certificado, el funcionario policial está asegurando que una persona está viva, es imprescindible realizar la constatación antes de confeccionar el certificado y se deben extremar las precauciones porque existen muchos antecedentes de defraudaciones en perjuicio del Estado, por el cobro de jubilaciones o pensiones de beneficiarios fallecidos, con la presentación de certificados de supervivencia.
En el requerimiento de los certificados de supervivencia se pueden presentar los siguientes casos:
1º) Cuando la persona interesada concurre personalmente a la dependencia policial: previo constatar la identidad mediante la presentación del documento, se confecciona el certificado, que será firmado también por el interesado. La certificación de la condición de “viva” de la persona es independiente de su domicilio real. Hay circunstancias en que concurren personas de otras localidades o provincias, que accidentalmente se encuentran en la jurisdicción de la comisaría y deben percibir sus haberes en otra ciudad y requieren el certificado para remitirlo a su lugar de origen. Se debe extender el certificado haciendo constar que la persona está viva y se encuentra residiendo accidentalmente en el lugar donde se está otorgando la documentación.
2º) Cuando el interesado no puede concurrir personalmente y envía a un tercero a gestionar el certificado: en este caso se debe enviar personal al domicilio del causante para constatar que la persona a quien se va a dar el certificado está viva. El certificado estará firmado por el funcionario policial que realizó la constatación además del beneficiario y policía actuante. Se presentan casos excepcionales, en las comisarías que tienen en sus jurisdicciones hospitales o sanatorios, concurren personas a gestionar el certificado de supervivencia de personas internadas para ser remitidas a su lugar de origen. En este caso se debe constatar en el centro de salud que la persona está viva y en el certificado se debe asentar el lugar donde se encuentra internada.

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

- - - - - - - - - - - - - - - - - - -El funcionario policial que suscribe CERTIFICA que el ciudadano/a .................................... D.N.I./L.E./L.C. Nº: ......................, clase: ..................... VIVE Y SE DOMICILIA en.................................... ......................... A solicitud de la parte interesada y con el objeto de ser presentado ante las autoridades de ......................................, se expide el presente certificado en la ciudad capital de Santiago del Estero, a los .............. días de .................... del año ...........................
COMISARÍA SECCIONAL ..................................................


Firma del beneficiario Firma funcionario Policial
SELLO


Nota: Cuando comparece una persona que tiene domicilio en otro lugar, el certificado debe decir VIVE Y ESTÁ RESIDIENDO ACCIDENTALMENTE en .............................








CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA


- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El funcionario policial que suscribe certifica que el agente de policía................................................. se constituyó en el domicilio de calle ......................................................... Y CONSTATO que el ciudadano/a....................................., clase ............. L.E./L.C./ D.N.I. nº ..............................VIVE Y SE DOMICILIA en la dirección antes mencionada. A solicitud de la parte interesada y con el objeto de ser presentado ante las autoridades de............................................................. se expide el presente certificado en la ciudad capital de Santiago del Estero, a los ................. días de ..................... del año ........................
COMISARÍA SECCIONAL ..................................................




Beneficiario Agente interviniente Firma actuante



SELLO

Nota: en caso de una constatación realizada en un Centro de Salud, el certificado debe decir
“Se constituyó en (Hospital, Sanatorio, etc.) y constató que el ciudadano ............ VIVE Y SE ENCUENTRA INTERNADO EN (Sala, cama, etc.)

8 comentarios:

Anónimo dijo...

en que inspeciones y cuales son los requicitos para la entrega de estos certificados que horarios de atencion

Anónimo dijo...

Soy Colombiana y tengo DNI Argentino, necesito enviar a mi país un certificado de supervivencia, se procede de la misma manera? Vivo en Capital Federal. Cualquier información que me puedas dar te la agradezco. De antemano Gracias por la info del blog.

Anónimo dijo...

PREGUNTA TENGO UNA CONTANSIA DE DOMICILIO DEL 2011, SIRVE HOY EN DÍA EL AÑO 2013?

Anónimo dijo...

En caso de estar en el extranjero y no poder inmediatamente al país,soy argentina y necesito el documento de supervivencia para trámites que realiza para mi un familiar.Gracias por la orientación presente.

Anónimo dijo...

Quisiera saber en caso de estar en el extranjero cómo enviar un documento de supervivencia a mi flia en Argentina.Es urgente y necesito su orientación.

Anónimo dijo...

Necesito saber cómo conseguir el documento de supervivencia si estoy en el extranjero.Lo necesito urgente para enviar por trámites a mi apoderado en Argentina.Gracias

Anónimo dijo...

Creo que los policías no deberían emitir los certificados de supervivencias , por razones que solo están capacitados para efectuar servicio de seguridad . Estoy haciendo un proyecto para que los Trabajadores Sociales sean los que emitan tal documentación , por que no se trata solamente de saber si esta viva , se trata de saber como vive y en que condiciones.

Omar Enrique Quiroga dijo...

Estoy de acuerdo con que la Policía no debería emitir certificados de supervivencia porque distrae recursos que pueden ser mas útiles en seguridad.
En el caso de la Policía de Santiago del Estero, cuenta con Licenciados en Trabajo Social pero la esencia de este documento es la constatación de que la persona está viva. Sus condiciones de vida se hace con otros fines y con otro procedimiento a cargo de los profesionales en el área de Trabajo Social con que cuenta la Policía, en estos casos es como auxiliar de la Justicia por causas delictivas. Por otros temas esta diligencia la debería realizar el área de gobierno que depende del Ministerio de Desarrollo Social.
La autoridad competente que debería emitir las certificaciones de residencia y supervivencia es el Registro Civil y Capacidad de las personas, que cuenta con la base de datos con los nacimientos y defunciones.
Espero haber satisfecho tu requerimiento y muchas gracias por visitar la pagina.